sábado, 28 de enero de 2012

LA AMPLIACIÓN DEL FUERO PENAL MILITAR, UN RETROCESO DEMOCRÁTICO Por: Maureén Maya Sierra, Periodista e investigadora social

¿Chantaje o democracia?

La costumbre en que los gobiernos y la sociedad deben temer a las FF MM y hacerles todo tipo de concesiones para evitar su furia, no sólo cuestiona la legitimidad de un Estado democrático sino que además se constituye en grave obstáculo para la plena realización de un Estado Social de Derecho donde la justicia  sea, como debe ser, principio fundamental de todas las relaciones sociales y políticas del país.

Mientras la comunidad internacional y los órganos de derechos humanos, como la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y los mecanismos especiales de las Naciones Unidas, ha sido reiterativas, desde décadas atrás, al afirmar que someter a los miembros de las FF MM y de policía -incursos en procesos por graves violaciones a los derechos humanos- al Fuero Penal Militar es promover y mantener la impunidad, como lo demuestra la experiencia de varios países, incluido Colombia, el presidente Santos insiste en  ampliar el fuero para beneficio de militares investigados por su participación en gran cantidad de crímenes de lesa humanidad.

Una de las propuestas  más polémicas que actualmente se debaten en el Congreso sobre el tema, y que llevó al director de Human Rights Watch  -HRW-, José Miguel Vivanco, a enviar una carta al presidente Santos el pasado 12 de diciembre,  establece que se debe presumir  -de acuerdo al artículo 11 propuesto en la Ley de Reforma a la Justicia- que todos los delitos cometidos por la Fuerza Pública están relacionados con el servicio y por tanto deben ser de conocimiento de la Justicia Penal Militar y no de la ordinaria. La iniciativa, que había sido presentada por el Ministro de Defensa Juan Carlos Pinzón, a la que se sumó el proyecto de Defensa Técnica presentado meses atrás por el entonces Ministro de Defensa Rodrigo Rivera, y el llamado ‘Marco para la Paz’ que, según el ponente del proyecto en la Cámara, Eduard Osorio, se trata de un acto legislativo impulsado desde la Alta Consejería de Seguridad Nacional, con el cual también se cobijaría a los militares en el momento en el que se llegara a un proceso de paz, encendieron el debate.

Según afirmó Vivanco en su misiva, con respecto al artículo 11 del proyecto de reforma a la justicia, “Este artículo que permitiría que los casos de violaciones de derechos humanos cometidas por la fuerza pública sean conocidos por el sistema de justicia militar— contraviene directamente la jurisprudencia de los más altos tribunales de justicia de Colombia y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y se opone además a lo establecido por otros organismos internacionales de derechos humanos relevantes. Su aprobación revertiría gravemente los avances recientes logrados por Colombia para asegurar que se juzguen los abusos militares. Igualmente, al prácticamente garantizar impunidad frente a las violaciones de derechos humanos cometidas por la fuerza pública, en última instancia, Colombia podría exponerse a la posibilidad de ser investigada por la Corte Penal Internacional, incluso en relación con los casos conocidos como falsos positivos”.1

En ese mismo sentido, el representante a la Cámara, Iván Cepeda Castro, había afirmado meses atrás que “Es inadmisible que el Gobierno, en lugar de perseguir los crímenes y depurar la Justicia Penal Militar, pretenda reimplantar medidas ya abolidas por la jurisprudencia internacional y por la doctrina de la Corte Constitucional como lo es el fuero penal militar2”.

La disculpa que emplea el gobierno y los legisladores que promueven estas iniciativas, es  la de asegurar  a los militares que no irán a prisión por sus crímenes; que en el momento en el que se llegue un proceso de paz, todos los actores armados tendrán como aliciente una ley que los permee de la acción de la justicia. “Si los militares se quedan por fuera de estos beneficios, es posible que torpedeen un eventual proceso de paz, como ya lo intentaron en el pasado”3.

El miedo no es infundado por supuesto; el poder de las FF MM, su capacidad para controlar al poder ejecutivo y poner en jaque la institucionalidad del país o llevar al fracaso diversos intentos de diálogos de paz con la insurgencia, ha quedado claramente demostrado en la reciente historia del país. Basta con recordar algunos de los decretos represivos aprobados por el Presidente López Michelsen en 1976, y el texto deliberante que, un año después, le enviara la cúpula militar denunciado estar siendo objeto de una campaña sistemática de deshonra por parte de la oposición política y advirtiendo estar dispuestos a defender su patrimonio moral, institucional y personal. Las temibles demandas de los militares, con tufillo a chantaje, se convirtieron finalmente en política de Estado bajo el Gobierno de Turbay Ayala al aprobar mediante decreto 1923, el llamado ‘Estatuto de seguridad’, que llevó a la militarización del país; a la perpetuación de las violaciones a los derechos humanos y la impunidad; a que miles de civiles fueran enjuiciados por la Justicia Militar, a que los presos políticos fueran sometidos a Consejos Verbales de Guerra,  y a que se incrementaran las detenciones arbitrarias, donde miles de colombianos fueran arrestados (sin garantías procesales) y torturados en dependencias militares. Las violaciones a los derechos humanos, pese a los convenios internacionales suscritos por Colombia se convirtieron en una constante, así como las garantías de impunidad para los perpetradores. Luego, bajo el gobierno de Belisario Betancur los militares al mando del general Landazábal Reyes desconocieron públicamente la Ley de Amnistía (ley 35 de 1982)4, la firma de los acuerdos de paz de 1984 y la propuesta de la Comisión de Paz de convocar a una reunión de diálogo entre altos mandos militares con dirigentes de la guerrilla, al considerar que en ello, se lesionaba su dignidad y se le hacia pensar al país, que se trataba de “una rendición del poder militar a las aspiraciones del Partido Comunista y las fuerzas de la subversión”5. Además de estas acciones de desacato, como lo denunció el procurador Carlos Jiménez Gómez, la estrecha alianza entre grupos paramilitares, narcotraficantes y las FF MM habían dado origen al grupo MAS en 1981, a través del cual se cometían graves violaciones a los derechos humanos y se perseguía a la oposición política, sindicada de colaborar con la insurgencia.6 Cuando públicamente el procurador denunció, con nombre propio, a 59 militares vinculados a la acción criminal del MAS, el General Landazabal Reyes, además de señalarlo como de ser parte de la “subversión institucional”, resolvió apoyar, junto a otros militares y sectores empresariales del país,  la propuesta de que cada militar donará un día de su sueldo para pagar la defensa de los uniformados. Esta propuesta, sería la antesala a lo que en la actualidad se debate en el congreso como el proyecto de Defensa Técnica.  Los militares en esa oportunidad se salieron con la suya y lograron que los procesos que se les seguían, pasaran a la justicia Penal Militar,  donde todos fueron absueltos.

La experiencia muestra sin ambages  los terribles resultados que deja para un país, la creación de figuras jurídicas para la promoción de la impunidad. Igualmente, esa historia enseña que cuando se tranzan principios en medio de chantajes abiertos o velados, se cede al temor y se actúa sumisamente ante él, se está negando no solamente el poder para desafiar aquello que causa temor sino que se está perpetuando y legitimando la existencia de esas temibles manos negras que, como lo advirtió el mismo presidente Santos, intentan evitar que las víctimas regresen a sus tierras despojadas y, consideran, además, que la justicia se puede manipular y acomodar a intereses particulares. Ya en mayo de 1983, en su carta de renuncia a la presidencia de la Comisión de Diálogo y Paz, Otto Morales Benítez, advertía sobre la existencia de los enemigos de la paz y de la reconciliación, agazapados dentro y fuera del gobierno, que debían ser combatidos.

Esta histórica impunidad, así como las estrategias puestas en marcha para doblegar la Constitución y las disposiciones de las altas Cortes y amparar la acción de la criminalidad de Estado, por supuesto no ha sido desconocida por los organismos internacionales, como lo recuerda Vivanco en su carta.

“El record histórico de la justicia penal militar de Colombia muestra que no ha logrado que quienes cometieron violaciones de derechos humanos rindan cuentas por sus actos. Esto se evidencia, por ejemplo, en la notoria ausencia de resultados por parte de tribunales militares en la obtención de  condenas contra los responsables de casos de “falsos positivos”. Las autoridades de la justicia penal militar no sólo no han impartido justicia en estos casos, sino que además habrían cerrado causas sin llevar a cabo una investigación efectiva de los hechos denunciados. El informe de 2010 de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia advierte sobre “casos [de ejecuciones extrajudiciales]... que pudieron haber sido archivados por [la justicia penal militar] sin una adecuada actuación judicial”7. La Comisión Interamericana también señaló en su informe de 2010 que en Colombia “los jueces militares adoptan decisiones de archivo y terminación de procesos en casos de violaciones de Derechos Humanos”8.

Proponer que sean los contribuyentes quienes deban financiar los abogados defensores de los militares incursos en procesos por graves violaciones a los derechos humanos, como lo propone el proyecto de Defensa Técnica, o que se debe ceder a las demandas de las FF MM, otorgándoles garantías que ningún ciudadano posee bajo el argumento de que ellos no confían en la  justicia ordinaria podrían llevar a jaque a la institucionalidad del país, y es, además, tan descabellado y peligroso como regresivo.

Sin embargo, el Gobierno Nacional cree que puede ignorar las normas internacionales y el mismo bloque de constitucionalidad colombiano e insiste en el tema. El ministro del Interior Germán Vargas Lleras, declaró que el Gobierno no sólo está comprometido en el proceso y evolución de la reforma  a la Justicia, sino en que el fuero militar sea una norma completa. “En el caso del fuero militar se ha planteado una reforma integral, que va más allá del artículo incluido en la Reforma a la Justicia, y para eso se está preparando una reforma al código penal militar y a la Justicia Penal Militar"9.

Ahora, cuando se plantea la implementación de una ambiciosa Ley de Víctimas, en la que además de reconocerse la existencia del conflicto armado, de las víctimas, incluso de agentes del Estado, y el deber del Estado de garantizar la plena realización de los derechos a verdad, justicia y reparación integral con garantías de no repetición, todo lo cual se constituye en un avance importante para el país, mal hace el gobierno al pretender impulsar de manera paralela leyes que niegan justamente el derecho a justicia de las víctimas, no sólo en el marco del conflicto, sino también de la violencia sociopolítica en el país.

La administración de justicia juega un papel de trascendental importancia en la garantía y protección de los derechos humanos. La existencia de tribunales independientes, imparciales y competentes así como la observancia de las normas del debido proceso son condiciones esenciales prescritas por el Derecho internacional de los Derechos Humanos para una recta administración de justicia. La existencia de un Poder Judicial independiente e imparcial, libre de interferencias y presiones por parte de los demás poderes públicos, y garante del debido proceso, es un elemento nuclear para el goce y protección de los derechos humanos y una condición sine qua non para la vigencia del estado de derecho. Este papel ha sido subrayado ampliamente por todos los sistemas intergubernamentales, y en particular sus órganos de protección de  los derechos humanos10.

La jurisdicción castrense y el espíritu de cuerpo que la ha caracterizado históricamente convierten los tribunales militares en verdaderos instrumentos del poder militar frente al poder civil11 y es justamente el desafío que enfrenta el actual Gobierno: definir a qué sector le da más supremacía y bajo qué preceptos espera constituir un genuino Estado Social de Derecho, que sea coherente con las normas internacionales y  con sus propios postulados.
Edición N° 00288 – Semana del 26 de Enero al 2 de Febrero de 2012

1 Carta al Presidente Santos. “Colombia debe retirar proyecto que ampliaría el fuero militar”. Diciembre 12 de 2011.http://www.hrw.org/es/news/2011/12/12/colombia-debe-retirar-proyecto-que-ampliar-el-fuero-militar

2 Noticias RCN; “Iván Cepeda dice que ampliar fuero penal militar sería generar impunidad”. Bogotá, junio 10 de 2011.

3 En La Silla Vacía; “Santos les está dando a los militares lo que Uribe nunca se atrevió a concederles”; Bogotá, noviembre 16 de 2011. http://www.lasillavacia.com/historia/santos-le-esta-dando-los-militares-lo-que-uribe-nunca-se-atrevio-concederles-29663

4 La Ley de Amnistía permitió la excarcelación de decenas de presos políticos en el país. Se ofreció perdón y olvido a los responsables de delitos políticos, pero no a quienes hubieren cometidos actos criminales fuera de combate. Tampoco se exigió el desarme ni la desmovilización, pues la medida era un avance para la creación de un escenario de confianza que condujera finalmente a la firma de un acuerdo de paz.

5 Landazabal Reyes, Fernando; El Precio de la Paz. Editorial Planeta, Bogotá, 1985. Pp 68 y 69. Tomado de José Cuesta; Corinto, un diálogo de sordos. Edición. Colección Tiempos de Paz. Programa para la Reinserción. Fundación para el desarrollo Social, la Democracia y la Paz. Progresar. Bogotá, octubre de 1997. PP 59 y 60.

6 Este grupo que nació como una estrategia de la mafia para defenderse del secuestro, se convirtió en  una organización armada, protegida por sectores de las Fuerzas Militares, y que apoyada por empresarios, ganaderos, terratenientes, políticos, se dedicó a combatir a la insurgencia y a perseguir a las fuerzas de izquierda del país.

7 Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, A/HRC/16/22, 3 de febrero de 2011, párr. 26.

8 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II, 7 de marzo de 2011, Capítulo IV, Colombia, párr. 31.

9 En EL Espectador; “Gobierno insiste en que no quiere propiciar impunidad en juzgamiento de militares”. Sección Política. Bogotá, enero 13 de 2012.

10 Comisión Colombiana de Juristas; “Tribunales militares y graves violaciones de derechos humanos”. Serie de monografías. 2011

11 Ídem


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